Ley 2455 2002-2003

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<h1 class="c1"><label>SE APRUEBA EL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO CON EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, SOBRE INTERCAMBIO DE INFORMACIONES RELATIVAS AL LAVADO DE ACTIVOS.</label> </h1> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>LEY Nº 2455 <strong>LEY DE 21 DE ABRIL DE 2003 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA:</strong> </small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>ARTICULO UNICO.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba el "Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República del Paraguay, sobre Intercambio de Informaciones Relativas al Lavado de Activos", suscrito el 12 de marzo de 2002, en Asunción Paraguay. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos días del mes de abril de dos mil tres años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledesma, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Marlene Fernández del Granado. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de abril de dos mil tres años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval, Yerko Kuckoc del Carpio.</strong></label></strong> </p>