Ley 2407 2001-2002

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<h1 class="c1"><label>SE AUTORIZA AL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TRINIDAD DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, LA TRANSFERENCIA, DE LOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD A FAVOR DE LA PERSONA QUE ACTUALMENTE LOS HABITAN.</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY 2407 <strong>LEY DE 31 DE JULIO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA:</strong> <small>ARTICULO 1°.-</small></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>De conformidad con el Artículo 59º, numeral 7) de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º, inciso 13º de la Ley de Municipalidades de 28 de octubre de 1999, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Trinidad del Departamento del Beni, la transferencia a título oneroso, de los terrenos de su propiedad en favor de las personas que actualmente los habitan. Zona Nº 8 Norte, de la Urbanización Bello Horizonte, barrio de "Las Brisas", con una superficie de 113.437.00 metros cuadrados con cuyas colindancias son: Al Norte con el canal natural de drenaje y la propiedad del señor Luis E. Monasterios, al Sur con la Urbanización Bello Horizonte Y la prolongación de la Avenida Huacaraje, al Este con la calle D y al Oeste con la propiedad de la Universidad Técnica del Beni (Canal Mocovi) y cuyo detalle es el siguiente: MANZANO CANTIDAD LOTES SUPERFICIE TOTAL (mt2) MA 30 9.375,00 MB 24 7.500,00 MC 18 6.048,00 MD 30 9.375,00 ME 18 6.048,00 MF 30 9.375,00 MG 15 4.702,13 MH 15 5.164,10 MI 24 7.500,00 MJ 24 7.500,00 MK 11 3.437,00 TOTAL LOTES 239 76.024,23 TOTAL AREAS VERDES DE EQUIPAMIENTO Y VIAS 37.412,77 SUPERFICIE TOTAL BARRIO LAS BRISAS 113.437,00 Zona Nº 1 al Sur de Y.P.F.B., Barrio "santa Cruz Sur", con una, superficie de 24.816,50 metros cuadrados y cuyas colindancias son: Al Norte con la Planta de Almacenamiento de Y.P.F.B., al Sur con la Avenida Oscar Paz Hurtado, al Este con la Avenida Costanera (Arroyo San Juan) y al Oeste con la calle Andes Guayocho, cuyo detalle es el siguiente: MANZANO CANTIDAD LOTES SUPEREICIE TOTAL (mt2) A 16 4.325,00 B 16 4.325,00 C 8 2.500,00 D 8 2.500,00 TOTAL LOTES 48 13.650,00 TOTAL AREAS VERDES DE EQUIPAMIENTO Y VIAS 11.166,50 SUPERFICIE TOTAL BARRIO 24.816,50 SANTA CRUZ DEL SUR <small>ARTICULO 2°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>El producto de la transferencia, será destinado a proyectos de inversión a cargo del Gobierno Municipal de Trinidad. <small>ARTICULO 3°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Las transferencias referidas en la presente Ley, estarán sujetas a lo establecido en la Ley Nº 1178 y el Decreto Supremo Nº 25964, sobre Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Félix Alanoca Gonzáles, Rubén Poma Rojas, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga, y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona.</strong></label> </p>