Ley 2299 2001-2002

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>APRUEBASE EL CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1097/SF-BO, SUSCRITO CON EL BID, POR $US 40.000.000.- (PROGRAMA SECTORIAL DE APOYO A LA ESTRATEGIA DE REDUCCION DE LA POBREZA)</label> </h1> <label><small>LEY Nº 2299 <strong>LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2001 JORGE OUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, él Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: <small>ARTICULO UNICO.-</small></strong></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 5º, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1097/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en la ciudad de Washington, el 5 de diciembre de 2001, por la suma de hasta CUARENTA MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 40.000.000.-) en dos tramos de hasta VEINTE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS, en cada uno ($us. 20.000.000.-) y tiene el propósito de financiar el Programa Sectorial Social de Apoyo a la Estrategia de Reducción a la Pobreza. Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil un años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Juan Huanca Colque, Evo Morales Aima. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil un años. FDO JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere. 2</strong></label> </p> </td> </tr> </table>