Ley 227 1960-1964 Descarga el documento ELEVASE A RANGO DE LEY EL DECRETO SUPREMO DE 9-3-38 QUE SE REFIERE AL PAGO DE CUENTAS DE PAVIMENTACION DE ACERAS EN LAS CIUDADES DE LA REPUBLICA LEY DE 13 DE DICIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Elevase a rango de Ley el decreto supremo de 9 de marzo de 1938. ARTICULO 2ª.- Modificase el artÃculo 5ª de la disposición legal a que se refiere el artÃculo anterior, en los siguientes términos: ?El pago de las cuentas por concepto de pavimentación de aceras en las ciudades de la República, se realizará por los propietarios de los inmuebles, en cualquiera de las formas detalladas a continuación: a)     Pago al contado; y b)     Pago a crédito, previo el depósito de un 50% del costo de la obra, y el saldo en cuotas proporcionales , en el plazo máximo de un año, después de realizado el trabajo. La falta de abono dentro del plazo señalado, dará lugar a la cobranza coactiva , incluyendo los intereses y recargos prescritos por las normas legales en vigencia, sobre los valores reales. Los precios de losas y cordones de acera, serán actualizados en base a los costos de reposición? ARTICULO 3ª.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias a la presente ley. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 19 de noviembre de 1962. Fdo.  Federico Fortún Sanjines , Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias,  Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Germán Gutiérrez Diputado Secretario; Jorge Orozco Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los trece  dÃas del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años.